domingo, 24 de mayo de 2020

Dónde y cuándo solicitar el ingreso mínimo vital


La próxima semana se aprobará esta medida que luchará contra la pobreza derivada de la crisis del coronavirus. Será permanente.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado este sábado que el ingreso mínimo vital será aprobado por el Consejo de Ministros la próxima semana, comenzará a cobrarse en junio y beneficiará a cerca de 850.000 hogares. Sánchez lo ha indicado durante una comparecencia en la Moncloa, en la que ha cifrado en 3.000 millones de euros anuales el coste de esta nueva prestación que correrá a cargo de la Seguridad Social. El presidente del Gobierno ha recordado que prestaciones similares existen en otros países europeos y que servirá para amparar a 4 de cada 5 personas que en España sufren pobreza severa.

¿Quién podrá pedir el Ingreso Mínimo Vital? ¿Cuándo se podrá cobrar?
Asimismo, ha indicado que aproximadamente la mitad de los hogares que percibirán este ingreso cuentan con niños a cargo y ha lamentado que en España más de dos millones de niños sufren situaciones de pobreza. Sánchez ha indicado que podrá cobrarse desde junio, según vayan siendo aprobadas las solicitudes. Ha explicado que la cuantía del ingreso dependerá del número de miembros de cada hogar, ya que se analizarán las rentas en conjunto de cada familia. Se fijará por tanto un mínimo por familia y el ingreso servirá para complementar la diferencia.

Requisitos
El ingreso mínimo se articula como una prestación de Seguridad Social, que será la que efectuará el reconocimiento y el abono de la prestación, pero se trabaja en un acuerdo con las CCAA, los ayuntamientos y el Tercer Sector para que puedan ser receptores de la solicitud, que deberá resolverse en tres meses. El silencio administrativo será negativo. Se establecerán cinco canales de solicitud: ayuntamientos, Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), comunidades autónomas, Tercer Sector, y una aplicación telemática. La solicitud se acompañará de una declaración responsable que deberá ser verificada por la Seguridad Social posteriormente. Aunque los trabajadores receptores de la solicitud no tendrán que ser trabajadores sociales, sí tendrán que tener esta condición los que tengan que ejecutar el seguimiento de los itinerarios. En estos momentos, según explican las mismas fuentes se trabaja, con respeto a la Ley de Protección de Datos, para detectar aquellos casos que son urgentes, que se estiman en unos 100.000, a los que se les podría otorgar de oficio la prestación, dado que hay muchas familias que no saben dónde tiene que acudir. El ingreso mínimo vital será un pago mensual y se recibirá al mes siguiente de la solicitud.

Beneficiarios
Según el documento sobre el que trabaja el Ministerio de Seguridad Social, estas ayudas se concederán a la unidad familiar o por hogar de convivencia, no a título individual, y los beneficiarios deberán tener más de 23 años y menos de 65 -existe la posibilidad de que sea a partir de 21 años, o de 18 años si tienen hijos-. Además, deberán estar en búsqueda activa de empleo y demostrar que ha solicitado todas las prestaciones posibles de los diferentes niveles de la Administración. Habrá un complemento especial para las familias monoparentales- y se tomará como referencia para otorgarla los ingresos declarados de 2019, por lo que ya se han cruzado datos con la Agencia Tributaria.

Para calcular si se puede optar al IVM se tendrá en cuenta la renta (rendimientos capital mobiliario, inmobiliario, pensiones no contributivas contributivas) y el patrimonio (con un máximo de 330.000 euros), pero no computará la vivienda habitual ni las subvenciones finalistas. Los beneficiarios están obligados a realizar la declaración del IRPF. Además, se tendrán en cuenta las pensiones de alimentos. Como ya se ha adelantado, la cuantía para un hogar formado por un adulto sería de 461,53 euros y se iría incrementando en función de los miembros en adultos y en menores, así como un complemento en familias monoparentales.

Cuánto se cobrará
La cuantía final se decidirá según el número de menores y personas dependientes a cargo -se estaría diseñando sobre un mínimo de 461,53 euros y un máximo de 1.015 euros- y se podrá solicitar a partir del mes de junio, una vez aprobado oficialmente este mes de mayo como ya anunció el propio Escrivá en su última comparecencia en el Senado. Allí explicó que pretende que esta prestación sea permanente, complementaria y subsidiaria a las rentas de inserción que ya existen en las comunidades autónomas, para garantizar que todas las familias lleguen a un umbral mínimo de ingresos. Pretende el Gobierno que el 20% de los hogares más pobres de España -aquellos en situación de pobreza extrema- se beneficien de estas ayudas. En sus previsiones calculan que pueden llegar a cubrir hasta el 40% siguiente en la mediana y hasta el 50% de los hogares con niños podrían asimismo acceder al futuro Ingreso Mínimo.

Las alternativas
El ingreso mínimo vital no es la única forma de asegurarle una renta a los más vulnerables. La medida más conocida y desarrollada en este sentido es el impuesto negativo sobre la renta. No sería como las devoluciones actuales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), porque estas consisten en que Hacienda te ha cobrado de más durante el año anterior. En el caso del impuesto negativo de la renta no es una devolución, sino de verdad un ingreso extra de una cantidad que se ajusta a los que ya has declarado. Según Doménech, las dos medidas podrían convivir: «Si todos los hogares realizaran su declaración de la renta, lo que es recomendable para consolidar bien todas las rentas, ayudas y prestaciones que reciben, el impuesto negativo a la renta y la renta mínima serían equivalentes».

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