viernes, 8 de abril de 2022

30 km/h: la nueva velocidad máxima en las calles de un único carril por sentido

El 11 de noviembre de 2020 se publicó la última modificación del Reglamento General de Circulación (RGC), centrada en la regulación de los límites de velocidad en las ciudades. Seis meses después, esta nueva normativa entró en vigor el 11 de mayo de 2021 modificando el artículo 50 del RGC.


¿Cuáles son los nuevos límites de velocidad presentados por la DGT en España?

20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.

30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.

50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.

50 km/h en vías urbanas con tres o más carriles por sentido de circulación.

80 km/h en otras vías como travesías, autopistas y autovías urbanas.


A partir de aquí, hay varias opciones que te puedes encontrar en la carretera con este tipo de vías. La DGT ha redactado un manual de aplicación donde te puedes encontrar todo tipo de ejemplos relacionados con estos límites de velocidad en las vías nombradas. 


¿Cuál es la multa por sobrepasar los límites de velocidad?

Con la reducción de los límites de velocidad debes tener en cuenta las sanciones que implican:





El cambio de la DGT en mayo 21 de los  límites de velocidad en todas las ciudades españolas, se hizo buscando cambiar el modo de utilizar el automóvil en el entorno urbano. Desde esa fecha (11.5.21) todas las vías urbanas que no tengan un doble carril en cada sentido verán su velocidad limitada a 30 km/h, mientras que las zonas de calzada compartida entre peatones y coches tendrán un límite de velocidad genérico de 20 km/h. 


Hasta ahora, el límite genérico en todas las calles de las ciudades españolas era de 50 km/h, pero este límite se reduce hasta los 30 km/h salvo algunas excepciones. Por una parte la velocidad se limita aún más en las zonas de calzada compartida, aquellas en las que no hay una acera para los peatones y una calzada separada para los coches, sino que es una zona compartida entre ambos, las zonas peatonales. En este caso, la velocidad se limita a 20 km/h. La otra exclusión al límite de los 30 km/h genéricos para las ciudades se refiere a las calzadas de las grandes vías que cuenten con al menos dos carriles por sentido de circulación. En este caso la velocidad se mantiene en el límite de los 50 km/h. En cualquier caso en ninguna vía urbana española se pueden superar esos 50 km por.

A pesar de tener estas velocidades genéricas, es la Autoridad Municipal la que tiene la última palabra en su regulación y podrá tanto rebajar como aumentar la velocidad siempre que lo avise previamente con una señalización específica.

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